martes, 24 de julio de 2012

Usos y costumbres

Sobre los “Usos y Costumbres” de Popoca Boone

Carlos Reyes Romero
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Estimado Héctor Manuel, creo que exageraste demasiado en tu artículo “Usos y Costumbres”. Todo para encubrir tu oposición al justo reclamo de los pueblos indígenas de Guerrero de elegir a sus autoridades y representantes populares al margen de los partidos políticos, tal y como como lo permiten el artículo 116 de la Constitución Política de la República y el 25 párrafo séptimo de la local.
Indebidamente equiparas la lucha de los pueblos, con conductas ilícitas consentidas y protegidas por un régimen de gobierno proclive a la corrupción, el enriquecimiento inexplicable y el sometimiento al poder del dinero, como el que rige en todo el país.
Debo comentarte que el término de “elección mediante usos y costumbres” es el eufemismo que utilizó el Instituto Electoral del Estado para eludir una respuesta precisa a una demanda muy clara y concreta de los pueblos: que el IIEGRO organice la elección de las autoridades y representantes indígenas sin tener que registrarlos por un partido político. Ese es el fondo del asunto y al final del día los pueblos lo van a ganar.
Debo decirte además, que en la Minuta sobre Reforma Política que el Senado de la República envió el año pasado a la Cámara de Diputados, se suprimía del artículo 116 de la Constitución este derecho de los pueblos; afortunadamente, como lo remarcó el Dip. Alejandro Encinas durante la fundamentación del dictamen que finalmente aprobó la Cámara de Diputados, dicho derecho se restableció porque está estrechamente vinculado al artículo 2º Constitucional.
Apenas antier, el 18 de julio, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo la declaratoria de aprobación de la reforma constitucional en materia de Reforma Política, donde se confirma este derecho en el inciso e) fracción IV del artículo 116 y se agrega al final del mismo: “En las entidades federativas en las que se acepten las candidaturas independientes, sus legislaturas podrán expedir la normatividad que estimen pertinente.”
Como veras, ellos ya tienen nacionalmente reconocido lo que nosotros todavía tenemos que lograr estado por estado.
Se valen todas las interpretaciones. La mía es que la lucha de los pueblos indígenas ha abierto en muchos aspectos, como en este caso, la posibilidad de mayores derechos para todos los mexicanos.
Tampoco te asiste la razón al afirmar que los mestizos serían antidemocráticamente marginados en la elección de las autoridades y representantes de los pueblos y comunidades, si ésta se hiciera conforme a los artículos 2º y 116 de la Constitución.
Por el contrario, en el movimiento que vienen promoviendo los pueblos para hacer valer sus derechos, los mestizos están representados en condiciones de igualdad, de paridad con los otros pueblos. Cierto, como en todos lados hay indígenas y mestizos que aspiran a ser caciques ˗los Figueroa deslumbran todavía a muchos˗ pero los pueblos están aprendiendo a luchar contra ellos; cuando menos esa es la orientación de la nueva generación de líderes indígenas y afromexicanos, de ambos sexos.
La discriminación de las mujeres en la vida política y en otras áreas de la vida social es una característica innegable de nuestra sociedad. Pero te equivocas al señalar que esto es más agudo en las sociedades indígenas y más aún en el menosprecio con que te refieres a las mujeres indígenas.
Entre ellas hay lideresas de mucha valía y de talla estatal, nacional e internacional que les dan las quince y las malas a nuestros políticos profesionales y lo están haciendo con su propia cabeza, con sus propias estrategias, con sus propios pasos y con largo aliento.
Las mujeres indígenas también están luchando contra el matrimonio forzado, contra la compraventa de esposas o mujeres. Si quieres te puedo contactar con varias de ellas.
Claro que esta rémora social indigna y lastima, pero en tu caso la manejas como muestra del atraso de los pueblos indígenas y eso no se vale.
Seguramente como muchas otras personas, desconoces que las donaciones prenupciales están legitimadas y reguladas por los artículos del 451 al 455 del Código Civil del Estado y que hasta ahora pocos han demandado la abrogación de tales preceptos.
Coincidirás entonces conmigo en que no es éste un problema sólo de los pueblos indígenas, sino de toda la sociedad guerrerense. Eso es lo que hay que combatir; ese es, en este caso, el problema de fondo. Los pueblos ya lo vienen haciendo. Ayudémosles.
Con el aprecio de siempre.
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Carlos Reyes Romero.
19 de julio de 2012

lunes, 2 de julio de 2012